A raíz de la divulgación de estas propagandas, CONATEL ha iniciado un procedimiento sancionatorio contra estas organizaciones y los medios de comunicación que las transmitieron, alegando que éstas podrían estar incitando al delito, a alteraciones de orden público y estar atentando contra la seguridad de la nación. El procedimiento no sólo está destinado a imponer significativas sanciones, sino que además busca silenciar mensajes lícitos, pacíficos y necesarios en una sociedad democrática y plural, al extremo de que con el solo inicio del procedimiento, CONATEL dictó una medida cautelar arbitraria y sin justificación alguna, a través de la cual impone censura previa, al prohibir la divulgación de esa publicidad, así como cualquier otra similar, mientras se tramita el procedimiento.
Estas medidas de CONATEL constituyen una flagrante violación al derecho a la libertad de expresión e información, consagrados en los artículos 57 y 58 de
Igualmente, esta medida de censura previa atenta contra la esencia misma de una sociedad democrática, pues ésta impone la necesidad de tolerar una diversidad de ideas y opiniones disidentes, más aún cuando éstas se justifican y enmarcan en normas y valores expresamente reconocidos por
Las imprecisiones o exageraciones que el gobierno le atribuya a los mensajes que han venido divulgando estas organizaciones civiles deben combatirse con más ideas, y no con mordazas o procedimientos destinados a inhibir el debate público. Silenciar una opinión ante un irreal e inexistente peligro de alteración del orden público constituye una restricción intolerable a la libre expresión del pensamiento, al menos en una sociedad democrática.
Además, es claro que el solo inicio de estos procedimientos genera un efecto inhibitorio en el resto de la sociedad, lo que se traduce en una autocensura, pues es lógico pensar que muchas personas u organizaciones se verán cohibidas de expresar sus ideas y opiniones, frente a la posibilidad de ser sancionados o perseguidos por entes gubernamentales.
Hacemos un llamado a las autoridades y tribunales competentes, a los fines de que den preferencia a los valores constitucionales que promueve el derecho a la libertad de expresión, y en consecuencia se deje sin efecto cualquier mecanismo directo o indirecto de censura previa, que pretenda inhibir el libre debate de ideas.
Rafael Chavero
Profesor de
Jesús María Casal
Decano de
Román José Duque Corredor
Presidente de